Pasaporte de Prevención: lo que los empleadores deben hacer ahora mismo

El Pasaporte de Prevención entra hoy en su fase operativa para los empleadores. Si aún no has oído hablar de él, esto es lo que necesitas saber — y lo que debes hacer.

Un registro digital para rastrear las formaciones en seguridad

Creado por la Ley de Salud en el Trabajo del 2 de agosto de 2021 (Ley n.° 2021-1018) y gestionado por la Caisse des Dépôts en nombre del Estado francés, el Pasaporte de Prevención es un servicio digital que centraliza, para cada trabajador, todas las formaciones obtenidas en materia de salud y seguridad en el trabajo (SST): habilitaciones eléctricas, formación en primeros auxilios, amianto, radioprotección, prevención de riesgos psicosociales, trastornos musculoesqueléticos y muchas más.

Piénsalo como un LinkedIn de la seguridad laboral: un espacio personal y portable que el empleado lleva consigo de un empleador a otro.

Quiénes están afectados — y por qué es útil para cada uno

Todos los empleadores, sin excepción de tamaño ni de sector, tanto del ámbito privado como del público. Tres actores alimentan el pasaporte, con roles y beneficios distintos.

Los organismos de formación externos Obligación en vigor desde el 1 de septiembre de 2025. Declaran las formaciones SST impartidas en nombre de los empleadores o de los participantes. El Pasaporte elimina la necesidad de multiplicar los certificados en papel, asegura su trazabilidad y ofrece una prueba digital legalmente oponible en caso de litigio o inspección.

Los empleadores Su espacio se abre hoy, 16 de marzo de 2026. Declaran sus formaciones internas y verifican las declaradas por sus proveedores. El beneficio es inmediato: fin de las hojas de cálculo Excel, de las habilitaciones que expiran sin aviso previo, de las dudas sobre las competencias de un trabajador temporal o de una nueva incorporación. El Pasaporte se convierte en la herramienta de gestión SST en tiempo real — y en prueba de conformidad en caso de inspección o accidente laboral.

Los trabajadores (empleados y demandantes de empleo) Acceso previsto para el T4 de 2026. No declaran nada: consultan su pasaporte y eligen lo que desean compartir con su empleador actual o futuro. Es un reconocimiento concreto de sus competencias en seguridad, valorizable en cada cambio de puesto o búsqueda de empleo — sin tener que buscar certificados de hace cinco años en el fondo de un cajón.

Nota: para las empresas que recurren a trabajadores temporales, la obligación de declaración recae sobre la empresa de trabajo temporal.

¿Qué formaciones deben declararse?

Tres condiciones acumulativas determinan si una formación debe declararse: debe responder a un objetivo de prevención de riesgos laborales (conforme al artículo L.4121-1 del Código de Trabajo), dar lugar a la expedición de un certificado o justificante de superación, y permitir la movilización de competencias transferibles a cualquier otro puesto expuesto a riesgos similares.

En la práctica, cuatro categorías entran en el ámbito de aplicación:

  1. Formaciones obligatorias reglamentadas: primeros auxilios (SST), habilitación eléctrica, EPI, amianto, radioprotección, entornos hiperbáricos, etc.
  2. Formaciones vinculadas a puestos que requieren una autorización
  3. Formaciones vinculadas a puestos que requieren una habilitación del empleador
  4. Formaciones correspondientes a la obligación general: prevención de riesgos psicosociales, trastornos musculoesqueléticos, acogida de seguridad en el centro de trabajo, etc.

Solo están afectadas las formaciones impartidas a partir del 16 de marzo de 2026. No existe obligación de retroactividad.

Riesgos jurídicos en caso de incumplimiento

Dos artículos del Código de Trabajo regulan esta obligación.

El artículo L.4121-1 establece la base: el empleador tiene una obligación de seguridad y de resultados hacia sus empleados. Cualquier incumplimiento — incluida la ausencia de trazabilidad de las formaciones — puede calificarse como falta inexcusable (faute inexcusable), especialmente en caso de accidente laboral.

El artículo L.4741-1 fija las sanciones penales: multa de 10.000 € por empleado afectado. En caso de reincidencia: multa de 30.000 € y 1 año de prisión. La multa se multiplica tantas veces como empleados no declarados haya. Para una empresa de 50 personas, la exposición teórica supera el medio millón de euros.

En caso de inspección de la Inspección de Trabajo, el registro digital constituye su primera línea de prueba. Su ausencia habla por sí sola.

Cómo implementarlo — en 4 pasos

Entrevista de prevención de riesgos laborales cara a cara — cultura de seguridad, bienestar y salud mental en el trabajo
  1. Conectarse en passeport-prevention.travail-emploi.gouv.fr mediante FranceConnect+.
  2. Inventariar todas las formaciones SST impartidas internamente desde el 16 de marzo de 2026, clasificadas en las cuatro categorías anteriores. El INRS pone a disposición un simulador en línea para ayudar a identificar las formaciones que deben declararse.
  3. Verificar las declaraciones de los organismos de formación. Se dispone de 6 meses tras el final del trimestre correspondiente para confirmar o corregir. Si no se verifica dentro de este plazo, la declaración se considera verificada.
  4. Declarar las formaciones internas, comenzando por las formaciones obligatorias reglamentadas — esta es la prioridad de esta primera fase. Si se gestiona un volumen importante (multisede, trabajadores temporales, alta rotación), una funcionalidad de importación masiva por archivo estará disponible a más tardar el 31 de diciembre de 2026. Prepare sus datos desde ahora.

El calendario de un vistazo

Fecha

Etapa

2 de agosto de 2021

Creación por la Ley de Salud en el Trabajo

28 de abril de 2025

Apertura a los organismos de formación

1 de septiembre de 2025

Obligación de declaración para los organismos de formación

16 de marzo de 2026

Apertura del espacio para empleadores

1 de julio de 2026

OF: obligación extendida a todas las formaciones

9 de julio de 2026

Importación masiva disponible

30 de septiembre de 2026

Fin de la fase de puesta en marcha

1 de octubre de 2026

Empleadores: obligación extendida a todas las formaciones

T4 2026

Acceso abierto a los trabajadores

Ideas Claves

  • Es obligatorio para todos los empleadores, a partir de hoy, sin condición de tamaño ni de sector.
  • La prioridad inmediata: declarar las formaciones reglamentadas obligatorias (amianto, habilitación eléctrica, entornos hiperbáricos, radioprotección, etc.).
  • El riesgo jurídico es real: multa de 10.000 € por empleado no declarado, y responsabilidad agravada en caso de accidente laboral.
  • El empleado sigue siendo dueño de su pasaporte: elige lo que comparte con su empleador.
  • La herramienta es sencilla: conexión mediante FranceConnect+ en passeport-prevention.travail-emploi.gouv.fr, y hay un simulador disponible para identificar las formaciones que deben declararse.
  • Importación masiva: prepare sus datos desde ahora si gestiona un volumen importante — la funcionalidad llega a mediados de 2026.

FAQ

¿Es obligatorio el Pasaporte de Prevención para los empleados? No. El empleado no tiene ninguna obligación de declaración. Sin embargo, la obligación de declaración es un requisito legal para los organismos de formación (desde septiembre de 2025) y para los empleadores (desde marzo de 2026). El empleado es dueño de su pasaporte: elige qué comparte y con quién.

¿Hay que declarar las formaciones realizadas antes del 16 de marzo de 2026? No. Solo las formaciones impartidas a partir de la fecha de apertura del servicio (16 de marzo de 2026) están sujetas a la obligación de declaración para los empleadores. No existe retroactividad.

¿Qué ocurre si mi organismo de formación no declara? Si el organismo de formación no ha efectuado su declaración en los plazos establecidos, la obligación de declaración recae sobre el empleador. No cuente con su proveedor: verifique usted mismo.

¿Está afectada una pyme de 5 empleados? Sí, sin excepción. La ley no establece ningún umbral de plantilla. Toda empresa con empleados expuestos a riesgos laborales está afectada.

¿Puede el empleado negarse a que su empleador consulte su pasaporte? Sí. El empleado puede conceder acceso total, acceso parcial o denegar completamente el acceso a su empleador. La consulta no es automática.

¿Cómo saber si una formación específica debe declararse? El portal oficial del Pasaporte de Prevención ofrece un simulador para determinar si una formación debe o no declararse. Accesible directamente en passeport-prevention.travail-emploi.gouv.fr.

Mi empresa utiliza trabajadores temporales. ¿Quién declara? La obligación recae sobre la empresa de trabajo temporal (ETT), no sobre la empresa usuaria.

Fuentes :

Ley n.° 2021-1018 del 2 de agosto de 2021 para reforzar la prevención en salud laboral

Decreto n.° 2022-1712 del 29 de diciembre de 2022 — modalidades de aplicación del pasaporte de prevención

Decreto n.° 2025-748 del 1 de agosto de 2025 — modalidades de declaración de las formaciones (JORF n.° 0178)

Artículo L.4121-1 del Código de Trabajo — obligación general de seguridad del empleador

Artículo L.4141-5 del Código de Trabajo — base jurídica del pasaporte de prevención

Artículo L.4741-1 del Código de Trabajo — sanciones penales

Portal oficial del Pasaporte de Prevención: passeport-prevention.travail-emploi.gouv.fr

Légifrance: legifrance.gouv.fr

INRS — Enfoque jurídico del pasaporte de prevención: inrs.fr

Caisse des Dépôts — Sistema de información Mon Compte Formation